Proyecto de nueva convocatoria para la asignación del régimen retributivo específico a nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía eléctrica renovables

Publicado el 30th enero 2017

El 29 de diciembre de 2016 el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital hizo públicas en su página web, la propuesta de real decreto y de orden por las que se establece una nueva convocatoria para el otorgamiento del régimen retributivo específico para nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables y se regula el procedimiento de asignación, que se someten a un plazo de información pública por 15 días hábiles. Esta será la segunda convocatoria, tras la realizada en octubre de 2015, para la asignación de 3000 MW para nuevas instalaciones.

El Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico, supuso el inicio del proceso de reforma del sector eléctrico, a raíz del cual se estableció un nuevo régimen jurídico y económico para las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, que se implementó con la aprobación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Real Decreto 413/2014 (el RD 413/2014) y la Orden IET/1045/2014.

El artículo 12 del RD 413/2014 dispone que para el otorgamiento del nuevo régimen retributivo específico, se establecerán mediante real decreto las condiciones, tecnologías o colectivo de instalaciones concretas que podrán participar en el mecanismo de concurrencia competitiva.

En octubre de 2015 el Gobierno aprobó la primera convocatoria para el otorgamiento del régimen retributivo específico por medio de subasta, que tenía como objetivo asignar 200 MW para instalaciones de biomasa y 500 MW para instalaciones eólicas. El resultado de dicha convocatoria fue inesperado en el sector, dado que las empresas que resultaron adjudicatarias ofertaron un 100% de reducción del valor estándar de la inversión inicial de las instalaciones tipo de referencia, o lo que es lo mismo, que resultaron adjudicatarias de la convocatoria pero sin la obtención de régimen retributivo específico. El resultado fue por tanto sorprendente, dado que si bien se adjudicó el total de potencia subastada, ninguna de las instalaciones percibiría régimen retributivo específico, oferta que no se entendió en el sector dado que en cualquier momento una compañía puede instalar un parque eólico, fotovoltaico o biomasa sin necesidad de acudir a la convocatoria y vender su energía en el mercado mayorista ‘sin prima’.

Un año más tarde y con el claro propósito de dar cumplimiento de los objetivos establecidos en la Directiva 2009/28/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, se publican los proyectos de orden y real decreto que regularán esta segunda convocatoria para la asignación del régimen retributivo específico. A continuación señalamos algunos de los aspectos más destacados de esta nueva convocatoria, y las diferencias que se aprecian respecto a la anterior.

  • Instalaciones admitidas: A diferencia de la anterior convocatoria, que permitía repotenciaciones, sólo se admitirán nuevas instalaciones que utilicen como energía primaria alguna de las energías renovables no fósiles, excluyéndose por tanto las instalaciones que incluyan una central de cogeneración y las instalaciones que utilicen como energía primaria residuos con valorización energética. No podrán participar instalaciones (i) a las que se les hubiera otorgado cualquier régimen económico primado con anterioridad a la entrada en vigor de esta nueva convocatoria; (ii) cuya construcción suponga el cierre o la reducción de potencia de otra instalación de la misma tecnología; y (iii) instalaciones constituidas por equipos principales que no sean nuevos o hayan tenido uso previo.

Se establecen tres instalaciones tipo de referencia: eólica, fotovoltaica y resto de tecnologías.

  • Tipo de subasta: Concurrencia competitiva. La subasta consiste en ofertar un porcentaje de reducción del valor estándar de la inversión inicial de la instalación tipo (que afecta de forma directa tanto al a retribución a la inversión como la retribución a la operación).
  • Procedimiento de la subasta: Se presentarán ofertas de reducción del valor estándar de la instalación tipo de referencia que corresponda a la tecnología y se calculará, para cada una de las ofertas, lo que supone de sobrecoste unitario para el sistema, calculado como el cociente entre la Retribución a la Inversión y el número de horas equivalentes de funcionamiento.
  • Ordenación de las ofertas: Las ofertas, se ordenarán, con independencia de la tecnología, de menor a mayor sobrecoste unitario para el sistema, adjudicándose las ofertas con menor valor hasta alcanzar la potencia a adjudicar. La última oferta será la que determine el valor del sobrecoste unitario marginal resultado de la subasta.
  • Vida útil regulatoria de los activos: Con independencia de la tecnología, 25 años. Supone una ampliación del plazo de la anterior convocatoria, que lo fijaba en 20 años para la eólica y 25 para la biomasa.
  • Tasa de rentabilidad razonable: 7,503%. Igual a la de la anterior convocatoria.
  • Plazos: Los adjudicatarios de la subasta dispondrán de 45 días hábiles para presentar la solicitud de inscripción en el Registro de Régimen Retributivo Específico en régimen de preasignación (RRERP). Por su parte, el proyecto de ejecución deber realizarse en el plazo de 12 meses desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la inscripción en el RRERP, ejecutándose las garantías aportadas en caso de incumplimiento.
  • Garantías: El aval para la inscripción en el RRERP se incrementa a 60€/kW. Se establece un mecanismo de cancelación de avales basado en el cumplimiento de hitos.

Queda por ver si el resultado de esta convocatoria le depara al sector una nueva sorpresa, o si tras la primera experiencia en este nuevo sistema de subastas, se produce finalmente la asignación de régimen retributivo específico a instalaciones renovables tras la moratoria a las ayudas acordada a principios de 2013.

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* This article is current as of the date of its publication and does not necessarily reflect the present state of the law or relevant regulation.

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